Conservación de derechos para Pensión IMSS. 

  

¿Cuánto tiempo tengo para tramitar una pensión IMSS? 

 

Las personas que ya no coticen dentro del régimen obligatorio  conservarán sus derechos para la obtención de una pensión IMSS  por un período igual al 25% de las semanas cotizadas en el Seguro Social, dichas cotizaciones deben ser reconocidas por el mismo. El reconocimiento de la conservación de derechos se da a partir de la fecha de baja y a partir de ese mismo momento correra la misma. (Artículo 150 de la Ley del Seguro Social).

  Las personas que haya dejado cotizar dentro del régimen obligatorio y posteriormente obtengan un nuevo trabajo o reingresen como asegurado al IMSS, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:

 I. Si el periodo en el que la persona  no cotizó no fuera mayor a tres años, se le reconocerán al momento del reingreso el total de todas sus cotizaciones;

 II. Si el periodo en el que la persona  no cotizó fuera mayor a tres años, pero no a seis años, se le reconocerán todas sus semanas cotizadas anteriores a partir de su reingreso al régimen obligatorio, cuando haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones;

 III. Si la persona reingresa a la vida laboral después de seis años, sus semanas cotizadas se le reconocerán al cubrir un año de cotización.

 (Artículo 151 de la Ley del Seguro Social).